¿Desde qué monto te pueden meter en Informconf?
En Paraguay no existe un monto mínimo legal que impida a una empresa reportarte a Informconf. Eso significa que podés figurar incluso por deudas muy pequeñas, desde G. 50.000 o incluso menos, si la empresa acreedora decide hacerlo.
Lo importante no es tanto el monto, sino el incumplimiento del pago. Si no abonás en el plazo acordado y no hay contacto o arreglo con el acreedor, es posible que seas incluido en la base de datos de Informconf.
¿Quién puede reportarte?
Cualquier empresa o entidad que tenga convenio con Informconf puede registrar tus datos si hay una deuda pendiente. Esto incluye:
- Bancos y financieras
- Cooperativas
- Empresas de telefonía o internet
- Casas comerciales
- Proveedores de servicios
No importa si la deuda es por una cuota, un servicio básico o una compra pequeña. Si no pagás y la empresa reporta, vas a quedar registrado.
Ejemplos comunes de inclusión
- Un plan de celular de G. 80.000 no pagado puede hacer que te incluyan.
- Cuotas de electrodomésticos o muebles en casas comerciales.
- Servicios atrasados de TV cable o internet.
En muchos casos, las personas aparecen en Informconf sin saberlo, por haber dejado impagas deudas pequeñas hace años.
¿Querés saber si ya estás en Informconf?
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¿Qué puedo hacer para evitarlo?
- Pagá siempre en fecha o comunicate con la empresa si no podés.
- No te olvides de servicios que no usás más. Aunque no los uses, si no cancelás formalmente el contrato, puede seguir generando deuda.
- Pedí siempre comprobantes cuando hacés un pago o cancelás un servicio.
- Revisá tu estado una vez al año. Es gratuito y podés hacerlo por teléfono, online o presencialmente.
¿Debo ser notificado antes de figurar en Informconf?
Sí. Según la Ley 6534/2020 de Protección de Datos Personales, la empresa debe avisarte con al menos 15 días de anticipación antes de registrarte en Informconf. Eso te da la oportunidad de regularizar la situación antes de que te reporten.
Si no fuiste notificado, podés reclamarlo ante SEDECO o Equifax.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden registrar por una deuda de G. 50.000?
Sí, si hay incumplimiento de pago y la empresa decide reportarlo.
¿Cuánto tiempo debe pasar para que me incluyan?
Depende de cada empresa. Algunas reportan al mes, otras esperan más. No hay un plazo único.
¿Qué pasa si ya pagué pero sigo figurando?
Debés presentar el comprobante a la empresa acreedora o directamente en Equifax para que actualicen tu estado.
